Seguro para embarcaciones

Todos los seguros de barco que necesitas

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Seguro obligatorio embarcaciones de recreo:

Consulta las soluciones aseguradoras obligatorias para embarcaciones de recreo que ofrecemos en Nautia:

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Responsabilidad civil obligatoria y por contaminación accidental

Cobertura obligatoria que garantiza la responsabilidad civil sobre terceros de los daños materiales y personales derivados del uso de embarcaciones en las aguas marítimas. RD 607/1999 de 16 de Abril. Ley 14/2014 de Navegación Marítima.

Asistencia en el mar

Remolque y salvamento de la embarcación con el fin de abonar el coste de la asistencia prestada por Salvamento Marítimo.

Remoción de restos

El reflotamiento y remoción de restos es una garantía muy recomendable. La mayoría de puertos deportivos del litoral español exigen disponer esta cobertura para poder amarrar en sus instalaciones.

Este proceso tiene cierta complicación y requiere de medios materiales y personales, en ocasiones es un servicio de elevado coste.

Defensa y reclamación de daños

Con esta garantía la compañía de seguros se encargará de reclamar a un tercero responsable los daños sufridos por la embarcación. En el caso de que el causante de los daños sea una embarcación de recreo extranjera, con un seguro de embarcación contratado en el extranjero, el trámite de la reclamación es largo y complejo. En el caso de ser los causantes del daño, la compañía de seguros se encargará de la defensa.

Las 4 garantías nombradas son las más importantes y las que debe incluir un completo seguro de embarcaciones.

Trabajamos con las compañías de seguros de mayor especialización en la náutica, lo que nos permite ofrecer una excelente relación calidad-precio y los mejores productos en el mercado español y en el extranjero.

Disponemos de seguros de barcos  específicos para: motos acuáticas, jets a turbina, embarcaciones neumáticas, embarcaciones semirrígidas, barcos a motor, yates, veleros, menorquinas, grandes esloras, catamaranes, barcos de alquiler y todo tipo de embarcaciones de vela ligera y artefactos flotantes con y sin motor. Somos expertos en seguros de embarcaciones de alquiler con y sin tripulación profesional.

 

En Nautia también realizamos seguros de embarcaciones totalmente adaptados a las necesidades, mediante las coberturas completas y ampliadas, específicas para cada embarcación, a todo riesgo (All Risk) y Cláusulas Inglesas.

 

Cobertura amplia de daños propios a la embarcación:

Seguro para barcos a motor

Listado de coberturas específicas para embarcaciones a motor:

  • Avería de maquinaria 
  • Fallo eléctrico 
  • Caída de rayos 
  • Hundimiento 
  • Vía de agua 
  • Naufragio de la embarcación 
  • Robo en puerto 
  • Varada y embarrancada 
  • Colisión con objetos fijos y flotantes, incluidos muelles y pantalanes 
  • Abordaje 
  • Incendio y explosión 
  • Golpe de mar 
  • Peligros de los mares 
  • Accidentes durante el transporte o el invernaje 
  • Gastos de inspección de la embarcación en caso de haber sufrido un embarrancamiento.  
  • Zona de navegación: Aguas de la Unión Europea 

a) Existe la posibilidad de extender esta cobertura de seguro para barco a motor  a aguas de todo el mundo.  

b) Seguro de barcos a motor – “All Risk” o todo riesgo accidental. 

c) Seguros para barcos a motor con Cláusulas Inglesas (Institute Yacht Clauses). 

Seguro para veleros o embarcaciones de vela ligera

Las coberturas de seguro específicas para embarcaciones a vela y cualquier tipo de regata (nacional o internacional), privada, de alquiler o participante, el cliente puede contratar como garantías adicionales al seguro de responsabilidad civil obligatorio: 

  • Rotura de palos, jarcias y velas 
  • Robo de accesorios y efectos personales 
  • Daños por varada o embarrancada 
  • Impactos en quilla / casco 
  • Rotura de timones 
  • Asistencia en el mar 
  • Accidente de ocupantes 
  • Participación en regatas 
  • Negociación de primas especiales para flotas de clubs de vela o clubs náuticos     

a) Posibilidad de contratar la garantía » TODO RIESGO “(All risk cover, exceptuando las exclusiones del contrato).   

b) Posibilidad de extender la cobertura de nuestro seguro de embarcaciones a aguas de todo el mundo.

c) Seguros para barcos a vela con Clausulas Inglesas (Institute Yacht Clauses).  

Seguro para yates y grandes esloras

La cobertura concreta para embarcaciones de grandes esloras es según condiciones convenidas.  

La cobertura a todo riesgo – All Risk, cuenta con la navegación oceánica e incluye las siguientes cláusulas: 

  • Avería de maquinaria 
  • Robo de equipos y accesorios 
  • Abandono de la embarcación 
  • Fuerza mayor 
  • Catástrofes naturales 
  • Remoción de restos 
  • Obras de arte 
  • Seguros médicos y de accidentes específicos para el capitán y para la tripulación profesional. 
  • Cobertura de P&I 
  • Contaminación accidental, polución de las aguas  
  • Reclamaciones de la tripulación y de los invitados 
  • Cláusula de guerras y huelgas

Seguro para motos de agua

Para complementar el seguro obligatorio de responsabilidad civil, se incluye la garantía de asistencia en el mar: 

  • Accidente al patrón y ocupantes 
  • Defensa y reclamación de daños  
  • Para motos de agua de uso privado se ofrecen garantiás adicionales poco habituales como la pérdida total y robo.  

Seguro para embarcaciones  de recreo y neumáticas

El segmento de las embarcaciones tipo nemática ha variado mucho en los últimos años, pasando de ser pequeñas embarcaciones auxiliares a semirrígidas de granes esloras y con potentes motores.

Es importante dipononer de un seguro adaptado a las características de cada embarcación, con franquicias para daños adecuados al valor de cada embarcación.  

Seguro para embarcaciones de  chárter

Las coberturas específicas para las embarcaciones de chárter son las siguientes: 

  • Apropiación indebida 
  • Pérdida de alquileres  
  • Seguro de accidentes de la tripulación (SOVI: Seguro equivalente al Seguro obligatorio de viajeros). 
  • Seguros de responsabilidad civil del patrón ( Skipper). 
  •  Seguros para depósitos y fianzas. 

Somos expertos en asegurar barcos de alquiler con y sin tripulación.

Consúltanos y te asesoraremos. 

Normativa de seguridad de barcos de recreo

Para Navegar en Aguas Españolas es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para toda embarcación propulsada a motor o veleros con una eslora superior a 6 metros. Desde el año 1999 con la publicación del  R/D 607/1999exige el seguro de responsabilidad civil de las embarcaciones de recreo para cubrir los daños causados involuntariamente a un tercero.

En 2014 aparece una nueva LEY DE NAVEGACIÓN MARÍTIMA 14/2014 que influye de manera directa a los seguros de embarcaciones. Una normativa que exige la cobertura de responsabilidad civil por contaminación accidental para embarcaciones de recreo (Artículo 384 y Artículo 391 de la Ley). 

Con la nueva Ley, la Administración Marítima prohíbe la navegación por aguas  españolas a todas las embarcaciones de recreo Españolas o Extranjeras que naveguen por sus aguas sin estas dos coberturas. Teniendo en cuenta esta Ley y el Real Decreto, la administración obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil que garantice la cobertura de daños personales, materiales y daños por contaminación accidental. Por este motivo es indispensable disponer de un seguro de embarcaciones. No disponer de la cobertura al día se considera una infracción muy grave, ocasionando una sanción económica.

La navegación y la estancia en puerto no están exentas de riesgos que recomiendan la ampliación de garantías y la contratación de un seguro más completo y como especialistas en seguros de embarcaciones, sabemos la importancia de contratar un seguro de cobertura amplia que cubra cualquier situación indeseada.  

En Nautia seguros contamos con una extensa gama de seguros marítimos para barcos, actualizados y a medida de las necesidades de cobertura de la embarcación.
 

¿Y si necesitas un seguro a todo riesgo?

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