Devoluciones
En primer lugar queremos agradecerle la confianza que ha depositado en nosotros y en nuestro portal web.
Siguiendo una política de transparencia, adjuntamos en este texto, las condiciones generales de contratación en nuestra web con duración y extinción del contrato, condiciones de resolución y derechos de desistimiento entre otros. Por favor lea detenidamente toda esa información y en caso de duda contacte con nosotros.
NAUTIA YACHT BROKER, S.L. es el titular del dominio Nautia.net. Corredor de seguros inscrito en el registro DGSFP del Ministerio de Economía y Hacienda con el número J 4292.
¿Cómo puedo reclamar?
De igual modo, a fin de ofrecer un servicio transparente y acorde a sus necesidades, a continuación respondemos las dudas más frecuentes sobre los pasos a seguir para abrir un proceso de reclamación, informándole sobre el funcionamiento de nuestro Departamento de Atención al Cliente.
Puede plantear una reclamación cualquier cliente de Nautia Seguros Náuticos, marca comercial con la que comercializa los servicios aseguradores NAUTIA YACHT BROKER, S.L..
Entendiendo como cliente, el tomador / asegurado o cualquier persona que intervenga directa o indirectamente en la póliza y/o haya intervenido en el proceso de contratación de la misma (asegurados, beneficiarios, usuarios del sitio web, terceros perjudicados.). Siempre y cuando para la contratación de la misma se hayan utilizado los servicios de mediación ofrecidos por el titular.
¿En qué casos puedo plantear una reclamación?
Como cliente o usuario de nuestros sitios web, debe plantear una reclamación siempre que considere que la atención recibida o el servicio prestado por nuestro personal no ha sido el adecuado o no respeta sus intereses, derechos, o las buenas prácticas mercantiles, bien sea en relación directa con el contrato de seguros o con la actividad intermediadora.
¿Cómo debo proceder para plantear una reclamación?
Si su reclamación versa sobre cualquier incidencia acontecida durante la emisión o renovación de la póliza, contratación de garantías adicionales, cobros, tramitaciones de partes de siniestro, o cualquier aspecto relacionado con la operativa diaria, debe contactar con su asesor, quien pondrá todos los medios necesarios a su alcance para resolver la incidencia del modo más satisfactorio posible.
Para contactar con su asesor, puede hacerlo:
– Por Teléfono, llamando al 93 414 15 36
– Por Correo electrónico: info@nautia.net
– De forma presencial, reservando hora de visita en nuestra sede central de Barcelona: Pg. Joan de Borbó 103, local Rambla 03, Marina Vela 08037 Barcelona
Horario de Atención del Departamento:
– Lunes a Jueves de 9.30 a 18 h.
– Viernes de 9.30 a 13 h.
¿Qué sucede si mi Asesor no solventa la incidencia?
Si su asesor no solventa la incidencia, puede solicitar la atención directa del Corredor de Seguros titular del despacho, NAUTIA YACHT BROKER, S.L., a través de los mismos medios detallados en el punto anterior, quien contactará con usted en un plazo máximo de 5 días hábiles, una vez presentada su solicitud.
¿Y si no estoy de acuerdo con la gestión profesional de la Empresa?
Si considera que ha habido una mala gestión por parte de la Empresa, la cual le ha provocado un perjuicio, y habiendo agotado las vías de comunicación expuestas en los puntos anteriores, no ha quedado satisfecho con la respuesta recibida por su asesor y/o por el Corredor de Seguros titular, dispone legalmente de un Servicio de Atención al cliente de conformidad con lo establecido en la Orden ECO 734/2004 del 11 de Marzo. Mediante el cual, NAUTIA YACHT BROKER, S.L., como persona física titular del dominio nautia.net, le informa que todo cliente que quiera efectuar cualquier queja o reclamación relativa a la intervención del mismo como corredor de seguros, puede dirigirse a nuestro departamento de atención al cliente, “JGBR Horwath Abogados y Asesores Tributarios, S.L”; ubicado en “Avinguda Diagonal 429, 5º piso de Barcelona (CP 08029”); el cual tiene un plazo de 2 meses para resolver sus quejas.
Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del usuario.
Nuestra entidad se encuentra adherida a Confianza Online (Asociación sin ánimo de lucro), inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones Grupo 1, Sección 1, número nacional 594400, CIF G85804011, Calle de Velázquez 126, 4º-I, 28006, Madrid (España). Para más información: www.confianzaonline.es. Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. Así mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Resolución Alternativa de Litigios, informamos a los consumidores que, como entidad adherida y en los términos del Código de Conducta, los usuarios podrán acudir a Confianza Online para la resolución alternativa de eventuales controversias (https://www.confianzaonline.es/como-reclamar/formulario-de-reclamaciones/). Si éstas se refieren a transacciones electrónicas con consumidores, o sobre protección de datos cuando estén relacionadas con este ámbito, las reclamaciones serán resueltas por el Comité de Mediación de Confianza Online, acreditado para la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Si las reclamaciones versan sobre publicidad digital, o sobre protección de datos relacionada con este ámbito, serán sometidas al Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL. Además te recordamos que puedes acceder a la plataforma de resolución de litigios en línea de la Unión Europea siguiendo este enlace: https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/?event=main.home2.show.
De igual modo, a fin de complementar la información ofrecida, a continuación ponemos a su disposición los Condicionados Generales de las principales compañías aseguradoras con las que se ejerce la función mediadora, sin ser por ello limitativo, quedando sujeto a variación.
- Condicionado F
- Condicionado A
- Condicionado G
- Condicionado M
- Condicionado E
- Condicionado I
- Condicionado S
Derecho de subsanación de errores y divergencias.
La póliza de seguros, pendiente de emisión; concertada con la Cía. Aseguradora escogida por usted se va a emitir de conformidad con los datos que nos ha proporcionado y con las coberturas en su momento negociadas.
Póliza exenta de la obligación de facilitar información previa al asegurado y análisis objetivo (Art. 42 Ley 26/2006), al tratarse de la mediación de un gran riesgo.
Esta información, se le ha proporcionado verbalmente o por escrito por medio del contrato web previamente a la contratación efectuada.
Es necesario e indispensable que REVISE una vez emitido el contrato de seguro que se le entrega al objeto de comprobar cualquier divergencia o error relativo a los extremos anteriores, en cuyo caso sepa que le asiste el derecho de solicitar su subsanación en el plazo de un mes desde que la póliza le sea entregada, transcurrido el cual habrá que estar a lo dispuesto en la misma (Art. 8 -Ley del Contrato de Seguro).En el caso de tratarse de un seguro de vida, tanto en el caso de apreciar alguna de las divergencias expresadas como en general por cualquier otra circunstancia, le asiste además el derecho a resolver el contrato en el plazo de un mes desde la entrega de la póliza (Art.83 -Ley del Contrato de Seguro), excepto en el caso de tratarse de un seguro de vida en el que usted asume el riesgo de la inversión, o bien de un contrato de seguro de vida en los que la rentabilidad garantizada esté en función de las inversiones asignadas a los mismos.
Rescisión del contrato por parte de la entidad aseguradora.
Cuando se transmite el objeto asegurado, la entidad aseguradora tiene derecho a rescindir el contrato de seguro en un plazo de 15 días desde que tenga conocimiento de la transmisión efectuada. La Ley 14/2014 de Navegación marítima indica que la enajenación del buque o el cambio de titular en su gestión náutica provocan la extinción del contrato de seguro, a no ser que el asegurador haya aceptado expresamente por escrito su continuación. Ha de existir Interés asegurado para que exista cobertura de seguro. Podrán ser objeto de seguro los intereses patrimoniales legítimos, presentes o futuros, expuestos a los riesgos de navegación marítima. La inexistencia de interés determinará la nulidad del contrato. Cuando se producen errores e inexactitudes en el cuestionario previo, la entidad aseguradora podrá rescindir el contrato de seguro en el plazo de un mes desde que tiene conocimiento de este hecho. La aseguradora puede rescindir el contrato de seguro en los supuestos en que el riesgo se haya agravado, la aseguradora haya propuesto al tomador una modificación del contrato para adaptarlo al nuevo riesgo y el tomador la rechaza o guarda silencio.
Desistimiento por parte del Tomador del Seguro.
Existe el derecho del tomador del seguro a desistir del contrato sin indicación del motivo y sin penalización de ninguna clase siempre que cumpla los siguientes requisitos: El desistimiento ha de enviarse preferentemente por escrito al asegurador, en un plazo máximo de 14 días naturales , a contar desde el día de la celebración del contrato. NO han de ser seguros temporales de duración inferior al plazo previsto para desistir. NO han de ser seguros obligatorios. NO ha de haber habido durante ese periodo un siniestro garantizado por el contrato. Ejercer el derecho de desistimiento, no le exime al Tomador del seguro de pagar la parte proporcional de la prima anual correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor (los días transcurridos desde la perfección del contrato hasta la fecha en que se notifica el desistimiento). En el caso de que el asegurador no hubiese informado al tomador de la existencia del derecho de desistimiento, o si hubiese comenzado a ejecutar el contrato sin haberlo solicitado el tomador, este no estará obligado a pagar la parte proporcional correspondiente. Artículo 10 de la Ley 22/2007, de 11 de Julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores, “El consumidor dispondrá de un plazo de catorce días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna.”
Si desea desistir de nuestros servicios, y con el fin de facilitarle la gestión, le recomendamos que rellene el siguiente documento y que nos lo envíe a la dirección de correo adjunta en el interior.
El vendedor debe devolver todas las cantidades que haya recibido, incluidos los gastos de envío de la entrega antes de que transcurran 14 días naturales, utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor para la transacción inicial, a no ser que el consumidor haya dispuesto expresamente lo contrario y siempre y cuando el consumidor no incurra en ningún gasto como consecuencia del reembolso, sin embargo, si el consumidor es quien realiza la devolución del bien, podéis retener el reembolso según qué condición de las siguientes se cumpla primero:
– Hasta recibir los bienes o
– Hasta que el consumidor presente una prueba de devolución del bien como el comprobante de la empresa de transporte.
Comunicaciones por correo electrónico.
El cliente autoriza expresamente a Nautia.net y a su propietario NAUTIA YACHT BROKER, S.L. al envío de información y comunicaciones relativas a su contrato de seguro mediante el e-mail facilitado a la dirección de correo electrónico indicado en la orden de pedido, con el fin de conseguir una comunicación por escrito eficaz entre compañía de seguro y asegurado.
Modalidad y Autorización (Ley 16/2009) de Servicios de Pago.
Las modalidades de pago ofrecidas por nuestra correduría son:
1- Pago a través de plataforma bancaria segura; TPV online por medio de su tarjeta de crédito.
El presente contrato se encuentra sometido a la legislación española sobre contrato de seguro por Ley 50/1980, de 8 de Octubre ( BOE 17 oct de 1980), con las modificaciones introducidas por la Ley 21/1990 de 19 Dic, por el Real Decreto Legislativo 5/2004 de 29 de octubre por el que se aprueba la Ley de ordenación y Supervisión de los seguros privados, por la Ley 26/2006 de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados y por lo convenido en las condiciones generales y particulares del contrato de seguro solicitado.
Duración del contrato:
La duración del contrato de seguro ofrecido a través de nuestra web es anual prorrogable, a no ser que se haya pactado expresamente un periodo inferior. La renovación del contrato al finalizar la anualidad es automática, a no ser que cualquiera de las 2 partes, Compañía Aseguradora o Tomador del seguro, comuniquen por escrito a la otra parte su intención de NO renovar el contrato con un preaviso de al menos 2 meses al vencimiento del contrato. (LEY 50/1980 de 8 de OCTUBRE, de Contrato de seguro).
Aceptación expresa del Tomador del seguro a estas condiciones generales de contratación.
El solicitante reconoce la exactitud de las declaraciones anteriores, y autoriza que sirvan de base para la elaboración del contrato de seguro aceptando las consecuencias legales de su omisión o falta de veracidad.
El seguro a que esta solicitud se refiere, únicamente tomará efecto cuando la póliza correspondiente haya sido firmada por ambas partes contractuales y haya percibido la Compañía la prima única o la prima del primer recibo.
Plazo de Entrega:
La documentación íntegra del contrato se le enviará al asegurado íntegramente por correo electrónico en un plazo máximo de 7 días desde la contratación del contrato de seguro y sin coste adicional alguno para el asegurado. El asegurado podrá solicitar expresamente un duplicado impreso del contrato que le será remitido directamente por correo ordinario por la compañía aseguradora de la embarcación en un plazo máximo de 30 días. En el caso de que desee recibir la documentación impresa en papel en un plazo inferior, podrá solicitar el envío mediante mensajería urgente SIEMPRE a portes debidos.